Presenta tu proyecto

La nueva Ley de Donaciones Culturales entró en vigencia el 1 de enero de 2014. Su Reglamento fue publicado el 03 de marzo del 2014.

PROYECTO VÍA WEB

Quien debe registrarse en el sistema Web es el “Encargado de Proyecto”.

Los datos del Encargado corresponden a la persona natural que estará a cargo del proyecto, quien debe estar debidamente facultado para ello. Éste será responsable de la comunicación y presentación de antecedentes entre la Secretaría Ejecutiva del Comité de Donaciones Privadas y la Entidad (Corporación, fundación, organización, etc.). También puede designarse Encargado al mismo Representante Legal de la Entidad.

El sistema está diseñado para que un “Encargado de Proyecto”, a través de su cuenta de usuario, pueda presentar proyectos por más de una Entidad. Es por ello que se requiere el ingreso de la persona natural y no los datos de la Entidad.

Para acceder a sus proyectos o iniciar su registro presione aquí

NOTA

Usted debe considerar que desde la fecha en que envía su proyecto, el Comité cuenta con un plazo máximo de 60 días hábiles (lunes a viernes) para entregar una respuesta, y usted no puede iniciar la ejecución de su proyecto bajo la Ley de Donaciones Culturales antes de la fecha de aprobación por resolución administrativa que lleva a efecto la sesión del Comité. Es decir, debe considerar los plazos administrativos previos y posteriores que deben cumplirse para que el proyecto sea totalmente aprobado ante la Ley. Por lo anterior, se recomienda enviar la iniciativa cultural con a lo menos dos meses y medio de antelación a la fecha estimada de su inicio.

DOCUMENTOS

Siempre debe descargar el o los documentos que  utilizará desde nuestra página Web, pues éstos pueden haber sido modificados y la última versión contempla mejoras o indica información que el anterior omitía.

  1. El  “Manual” que les guiará en el uso de la página Web.
  2. El “Anexo-Formulario” que les permitirá identificar el tipo de beneficiario al que corresponde la entidad que representa el encargado que presente un proyecto.
  3. La “Declaración-Jurada-RL” del representante legal y «Declaración-Jurada-EP» del encargado de proyecto, documentos que deben ser firmados e incorporados en la postulación del proyecto.
  4. La «Declaración-Jurada-Certificado n°40 Online«, documento que se remite por correo electrónico al e-mail donaciones@cultura.gob.cl, destinado a solicitar rangos de folio para la emisión de certificados de donación online.
  5. Última versión del “Formato-Presupuesto-2024” archivo que debe ser descargado y completado para luego subir al sistema en la sección correspondiente. Este formato es el único archivo que se aceptará para la revisión de su proyecto.
  6. La «Guía para la correcta Rendición del Proyecto«, documento que entrega los mínimos controles que el beneficiario debe realizar en la ejecución y rendición de su proyecto y, la “Planilla Detallada de Gastos-2023” archivo que debe ser descargado y completado para luego subir al sistema en la sección correspondiente. Este formato es el único archivo que se aceptará para declarar gastos en la Rendición de su proyecto.
  7. El Acuerdo Entrega de Libros corresponde a proyectos de “Actividades” que contemplen la impresión de libros. Este tipo de proyectos deberán adjuntar en la sección “Documentos Adicionales” el formulario que constata el acuerdo con la Entidad receptora de los libros que serán donados, en cumplimiento de la Ley Donaciones Culturales en materia de Retribución Cultural (Aprobado por Comité en sesión n°09-2022).
  8. Si su entidad no cuenta con una estructura de poderes para el representante legal, se sugiere guiarse por el siguiente Modelo de Estructura de Poderes, el que corresponde al documento por el cual el Directorio, en su calidad de órgano administrador de la entidad, designa a uno o más mandatarios para que puedan actuar en representación de la persona jurídica respectiva. Dicho documento consiste en un acta de Directorio firmada por los directores vigentes de la entidad, y mediante la cual se otorgan a los mandatarios facultades generales de administración, facultades bancarias y financieras, facultades de libre disposición de bienes, facultades laborales, facultades judiciales, entre otras. Luego, este documento deberá ser reducido a escritura pública ante Notario Público. Se deja constancia que este documento no corresponde y no se asimila jurídicamente a las atribuciones del Presidente del Directorio, las cuales constan en los estatutos (“Serán deberes y atribuciones del presidente del directorio: (i) Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad”).
  9. Si su proyecto considera el uso de Propiedad Intelectual se sugiere guiarse por los modelos que publica el Departamento de Derechos Intelectuales en su menú Formatos. O bien desde este link Autorización de uso de titular de derechos de autor. Dichos documentos consisten en una autorización emitida por el titular de los derechos autorales mediante el cual se otorgan a los mandatarios facultades para el uso de éstos en distintas obras de dominio privado.
  10. Para proyectos Audiovisuales se presenta el nuevo Formulario de cumplimiento de Retribución Cultural aprobado por Comité en sesión n°07-2022. Formulario RC Audiovisual
  11. Para proyectos con Entrega de Premios se presenta el nuevo Formulario de cumplimiento de Retribución Cultural aprobado por Comité en sesión n°07-2022. Formulario Entrega Premios

Ante consultas contactarnos al teléfono +56 2 2618 9223